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RESUMEN DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO (CEE) Nº 2568/91 EN VIGOR EN 1 DE MARZO DE 2014.

  • Foto del escritor: orva37
    orva37
  • 19 ago 2015
  • 5 Min. de lectura

Ha entrado en vigor el 1 de marzo de 2014 el Reglamento (UE) Nº 1348/2013 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2013, que modifica el Reglamento (CEE) Nº2568/91 relativo a las características de los aceites de oliva y de los aceites de orujo de oliva y sobre sus métodos de análisis.

Se han realizado una serie de modificaciones tanto en límites máximos permitidos de algunos parámetros, como en métodos analíticos de otros y en muestreo de aceite de oliva o aceite de orujo de oliva entregado en envases inmediatos.

Las modificaciones realizadas son:

ü Modificación del Anexo I. Características de los Aceites de oliva.

En el cuadro general de las características que deben cumplir los aceites de oliva, se han modificado algunos parámetros y sus niveles máximos.

Estigmastadienos.

  • El límite anterior establecido en 0,10 mg/Kg se baja a 0,05mg/Kg para aceites de oliva vírgenes extras y aceites de oliva vírgenes. Para el aceite de oliva virgen lampante se mantiene el límite en 0,50 mg/Kg.

La determinación de estigmastadienos se utiliza para detectar presencia de aceites refinados en aceites de oliva vírgenes. Se fundamenta en que los aceites de oliva vírgenes extras y los aceites de oliva vírgenes presentan valores casi inapreciables de estigmastadieno mientras que “si aparece” en los aceites de oliva que han sido refinados.

Ceras.

  • Se elimina la cuantificación de la cera C40 y se baja el límite de 250 mg/Kg hasta 150 mg/Kg para los aceites de oliva vírgenes extra y los aceites de oliva vírgenes. El resto de aceiteS de oliva mantienen los límites y la cuantificación de la cera C40.

La determinación de las ceras se utiliza para detectar la presencia de aceite de oliva de repaso o aceite de orujo en aceites de oliva vírgenes extras y aceites de oliva vírgenes.

Las ceras son compuestos naturales que se encuentran fundamentalmente en la piel de la aceituna y sólo se extraen en condiciones muy enérgicas, por lo que en el proceso de extracción de los aceiteS de oliva vírgenes casi no se extraen, quedándose las ceras en el alpeorujo. Si se vuelve a pasar el alpeorujo por el sistema continuo se obtiene el denominado “aceite de repaso” y este si tiene un alto contenido en ceras.

El aceite de orujo obtenido en las extractoras también contiene un alto valor de ceras.

Ésteres alquílicos.

  • Sólo están reglamentados para los aceites de oliva vírgenes extras. Se elimina de la cuantificación los ésteres metílicos dejando sólo los ésteres etílicos. Se establece el valor máximo - de ésteres etílicos- en 40mg/Kg para la campaña 13/14, 35mg/Kg para la campaña 14/15, y 30mg/Kg para campañas posteriores.

Los ésteres etílicos de los ácidos grasos aparecen en los aceites de oliva vírgenes debido a fermentaciones producidas en la aceituna o en los restos de impurezas del aceite si este no se almacena limpio. Estas fermentaciones dan lugar a defectos fácilmente detectables por el panel test, siendo este análisis es una determinación de calidad de los aceites de oliva vírgenes extras.

También sirve como herramienta de detección de aceites de oliva desodorizados en aceites de oliva vírgenes extras, ya que en el proceso de desodorización de los aceites de oliva vírgenes lampantes se eliminan los defectos, pero no se eliminan los ésteres etílicos.

Ácido mirístico (C14).

  • Baja su valor máximo de 0,05 % a 0,03 %.

Esta determinación se utiliza para detectar la presencia de otros aceites comestibles en los aceiteS de oliva, ya que cada tipo de aceite comestible tiene una composición en ácidos grasos determinada.

Los ácidos grasos están formando parte de los triacilgliceroles, componentes mayoritarios de los aceiteS de oliva (alrededor del 98% del aceite).

K270.

  • Permite que elK270 también puede expresarse y medirse como K268, manteniendo el valor máximo de 0,22 en los aceites de oliva vírgenes extra.

La prueba espectrofotométrica en el ultravioleta, K270, es una determinación de calidad, con la que se mide el grado de oxidación secundario sufrido por los aceiteS de oliva (dienos y trienos conjugados).

Se añade un Apéndice al anexo donde aparece un árbol de decisiones a tomar para los casos de aceites de oliva vírgenes extras y aceites de oliva vírgenes según el valor de:

  • Campesterol, cuyo valor máximo se mantiene en el valor de 4,0 %, con la modificación se establece que si está comprendido entre 4,0 y 4,5%se podrá catalogar como aceite de oliva virgen extra o aceite de oliva virgen si cumple los siguientes dos requisitos:

  • Estigmasterol tiene un valor máximo de 1,4%

  • D7-estigmastenol tiene un valor máximo de 0,3%.

  • D-7-estigmastenol, cuyo valor máximo se mantiene en el valor de 0,5%, con la modificación se establece que si está comprendido entre 0,5 y 0,8% se podrá catalogar como virgen extra o virgen si cumple los siguientes cuatro requisitos:

  • Campesterol tiene un valor máximo de 3,3%

  • Estigmasterol tiene un valor máximo de 1,4%

  • cociente entre B-sitosterol aparente/(campesterol+D-7-estigmastenol) es igual o mayor de 25.

  • diferencia entre ECN42 teórico y ECN42 tiene un valor máximo de 0,1.

Tanto el campesterol como el D-7-estigmastenol son esteroles. Los esteroles son componentes minoritarios de los aceiteS de oliva. La composición esterólica es específica de cada tipo de aceite vegetal, por lo que esta determinación se utiliza para detectar la presencia de otros aceites vegetales en aceiteS de oliva.

ü Modificación del Anexo V.

Determinación de la composición y del contenido de esteroles y dialcoholestriterpénicos mediante cromatografía de gases con columna capilar.

  • Se ha unificado la determinación de esteroles y dialcoholestriterpénicos(eritrodiol y uvaol) mediante cromatografía de gases con columna capilar.

ü Modificación del Anexo XII.

Método del Consejo Oleícola Internacional para la valoración organoléptica de los aceites de oliva vírgenes.

  • Se ha incluido en el anexo el procedimiento completo del COI, anteriormente tan solo se realizaba un resumen del mismo.

  • Se ha modificado la ficha de cata, de manera que junto al atributo “Otros” se incluye un listado con los otros atributos negativos para marcar el que corresponda. También en el caso de atributos múltiples (p.e. Atrojado/borras) hay que marcar el defecto concreto.

ü Se incluye el Anexo XXbis.

Método para la detección de aceites ajenos en los aceites de oliva.

  • Este método se emplea para detectar la presencia de otros aceites vegetales en el aceite de oliva. Pueden detectarse aceites vegetales con alto contenido en linoleico (soja, colza, girasol…) y algunos aceites con alto contenido en oleico (avellana, girasol alto oleico). El nivel de detección suele oscilar entre el 5% y el 15%, y va a depender del tipo de aceite vegetal y de la variedad de aceituna.

  • Este método no permite identificar el tipo de aceite ajeno, únicamente indica si existe su presencia. Se ha tomado de la norma COI/T.20/Doc. Nº25.

ü Modificaciones del Anexo I bis.

Muestreo de aceite de oliva o aceite de orujo de oliva entregado en envases inmediatos.

  • Desaparece la restricción de limitarlos a lotes de aceite inferiores a 125.000 litros y en envases inferiores a 100 litros. Cambia el número de elementos de una “muestra elemental” para control y el número de muestras elementales a tomar según lotes.

  • El Reglamento deja abierto al criterio de cada estado miembro, la posibilidad de aumentar el número de envases a tomar según sus propias necesidades.

  • Se modifican los esquemas de decisiones par la comprobación de la conformidad de una muestra de aceite de oliva con la declarada, en el caso de los aceites de oliva vírgenes extra y aceites de oliva vírgenes, según nuevas modificaciones.


 
 
 

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